
La Anmat prohibió la venta de un queso hecho en Entre Ríos por tratarse de un “producto ilegal”
Redacción Diario El Enfoque
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió la elaboración, fraccionamiento y comercialización en la Argentina de una marca de queso sardo por estar falsamente rotulado, no poder establecer las condiciones en las que fue elaborado y, por ende, tratarse de un “producto ilegal”.
A través de la disposición 3404/2023, publicada este miércoles en el Boletín Oficial, el organismo descentralizado detalló que las presentes actuaciones se iniciaron a partir de una notificación de la Agencia Santafesina de Seguridad Alimentaria (ASSAI) en relación al producto “Queso Sardo Argentino marca Santa Rita, distribuido por J. Serrat, RNPA 025/08000577/004, RNE 025/08000577, Dpto. Chilcas, Victoria, Entre Ríos”.
La primera observación hecha por las autoridades es que el alimento tenía en su rótulo el logo de Alimento Libre de Gluten. Tras hacer consultas pertinentes al Instituto de Control de Alimentación y Bromatología de Entre Ríos (ICAB), fue posible dilucidar que el producto investigado no se encontraba registrado en su base de información como Alimento Libre de Gluten. Asimismo, detectaron que carecía de registros de establecimiento y de producto.
En consecuencia, se emitió una alerta alimentaria dirigida a todas las autoridades sanitarias y a la población en general “a fin de proteger la salud de los ciudadanos, y en particular de la población celíaca, ante el consumo de productos ilegales” o “de los que no pueda garantizarse su trazabilidad, condiciones de elaboración, calidad con adecuados niveles de control bajo las condiciones establecidas por la normativa vigente y su inocuidad”.
Finalmente, la ANMAT determinó: “Prohíbese la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional del producto: “Queso Sardo Argentino marca Santa Rita - Distribuido por J. Serrat - Dpto. Chilcas - Victoria – Entre Ríos”, rotulado con el logo de Alimento Libre de Gluten, en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento, por carecer de registro de establecimiento y de producto, por estar falsamente rotulado al exhibir en el rótulo números de RNE y de RNPA que han sido dados de baja y, por consignar en el rótulo el símbolo “Sin T.A.C.C.” sin contar con la autorización correspondiente para tal atributo.


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