
Denunció abusos sexuales sufridos durante su infancia: un tribunal declaró prescripta la causa y busca una revisión en Casación. ¿Cuáles son los derechos de las víctimas?
JUDICIALES29 de agosto de 2026
Redacción Diario El Enfoque
Un relato crudo, difícil de leer, pero necesario para comprender el reclamo. Camila Cabrera tenía ocho años cuando, según denunció, comenzaron los abusos que se extendieron durante su infancia. Recién casi dos décadas después pudo ponerlos en palabras y acudir a la Justicia. Hoy, luego de que un Tribunal de Juicios declarara prescripta la acción penal, busca que Casación revise la decisión.
Una causa iniciada a partir de una denuncia por abusos sexuales cometidos durante la infancia volvió a poner sobre la mesa una discusión especialmente compleja para la Justicia: qué ocurre cuando una persona logra denunciar muchos años después los hechos que afirma haber sufrido cuando era niña y el paso del tiempo termina convirtiéndose en un obstáculo para llegar a un juicio.
El caso corresponde a Camila Denise Cabrera, quien en marzo de 2023 se presentó ante la Fiscalía de Concordia y denunció a su tío, Gabriel Andrés Cabrera, por hechos de abuso sexual con acceso carnal que, de acuerdo con su denuncia y la acusación fiscal, habrían ocurrido reiteradamente entre 2003 y 2009, cuando ella tenía entre 8 y 14 años.
Diario El Enfoque dialogó con Camila, quien manifestó su intención de continuar reclamando ante la Justicia. Su principal pedido es que la causa pueda ser revisada por la instancia de Casación y que el expediente no quede definitivamente cerrado por el transcurso del tiempo.
La mujer atraviesa el proceso judicial desde hace más de tres años y asegura que uno de los aspectos que más le cuesta comprender es cómo una investigación que llegó a la instancia de acusación y apertura de juicio puede terminar sin que se produzca un debate oral sobre los hechos denunciados.
Una denuncia que llegó casi dos décadas después
Según consta en la documentación judicial, Camila denunció los hechos el 30 de marzo de 2023.
En su relato ante la profesional interviniente, ubicó el comienzo de los abusos alrededor de los ocho años y señaló que se prolongaron hasta aproximadamente los 14.
La demora en denunciar constituye uno de los aspectos centrales del caso. La propia mujer explicó que durante años no pudo hablar de lo sucedido y que recién en 2020 logró contarle a su esposo una parte de lo que afirmaba haber vivido.
En diálogo con este medio, Camila volvió sobre ese proceso y explicó que el miedo, los vínculos familiares y las consecuencias que imaginaba que tendría la denuncia fueron algunos de los motivos por los cuales necesitó tantos años para presentarse ante la Fiscalía.
No se trata, por lo tanto, simplemente de una denuncia presentada dos décadas después de los hechos: detrás de ese período existe, una historia de silencio, temor y dificultades para poder poner en palabras situaciones que afirma haber sufrido durante su niñez.
La Fiscalía pidió que la causa llegara a juicio
El expediente avanzó durante 2023 y 2024 y la Fiscalía incorporó declaraciones testimoniales, entrevistas, informes profesionales y pericias psicológicas.
El 25 de abril de 2025, el fiscal Mauro Sebastián Jaume Blanco presentó el requerimiento de elevación a juicio.
En ese escrito, el Ministerio Público Fiscal sostuvo que existían elementos de convicción suficientes para sostener la participación punible del imputado y solicitó que el caso fuera remitido al Tribunal de Juicio.
La acusación fiscal describió como hecho imputado que, aproximadamente entre 2003 y 2009, Gabriel Andrés Cabrera habría abusado sexualmente de su sobrina Camila Denise Cabrera, mediante acceso carnal, cuando ella tenía entre 8 y 14 años.
La Fiscalía calificó jurídicamente los hechos como abuso sexual con acceso carnal, previsto en el artículo 119, tercer párrafo, del Código Penal, atribuyendo al acusado la calidad de autor material.
Entre las evidencias ofrecidas figuraron la denuncia, testimonios de familiares y de la pareja de la denunciante, informes de profesionales que intervinieron en su tratamiento psicológico y psiquiátrico y dos informes de pericia psicológica.
El juez de Garantías había dispuesto la apertura del juicio
Otro elemento relevante surge de la resolución dictada el 22 de septiembre de 2025 por el juez de Garantías N.º 2 de Concordia, Dr. Edwin Ives Bastián.
En esa resolución consta que la defensa había solicitado el sobreseimiento del imputado por inexistencia del hecho y por prescripción de la acción penal.
Ambos planteos fueron rechazados en la audiencia correspondiente. La defensa también intentó recurrir esa decisión, pero el recurso fue rechazado.
Luego de analizar la etapa intermedia, el juez sostuvo que la acusación reunía los requisitos legales y que las evidencias ofrecidas por Fiscalía, querella y defensa resultaban pertinentes, útiles y conducentes para ser producidas en la instancia de juicio.
Por ese motivo, dispuso formalmente la apertura de la etapa de juicio y remitió la causa al Tribunal de Juicios y Apelaciones de Concordia.
Es decir, hasta ese momento, el expediente no había sido cerrado por inexistencia del hecho ni se había dictado una sentencia que declarara al acusado culpable o inocente. La causa había superado la etapa de investigación y se encaminaba hacia un debate oral.
¿Qué ocurrió después?
De acuerdo con lo manifestado por Camila a Diario El Enfoque y con la información que recabó este medio, el Tribunal de Juicios integrado por los Dres. Aníbal Lafourcade, Maximiliano Otto Larocca Ress y Mariano Caprarulo resolvió declarar prescripta la acción penal.
Diario El Enfoque no cuenta con el texto de esa resolución, por lo que no corresponde atribuir al Tribunal fundamentos que no han podido ser consultados directamente.
Lo que sí surge de la documentación disponible es que la prescripción no equivale a una absolución y tampoco constituye una declaración judicial de que los hechos denunciados no hayan ocurrido.
La prescripción es una institución jurídica vinculada al transcurso del tiempo y a la posibilidad del Estado de ejercer su potestad punitiva. Por eso, una eventual decisión de prescripción no debe confundirse con una sentencia de fondo sobre la existencia o inexistencia de los abusos denunciados.
Y justamente allí se encuentra uno de los puntos que Camila pretende que sea revisado.
“Necesito ser escuchada”
En diálogo con Diario El Enfoque, Camila expresó su profunda frustración frente a la posibilidad de que el expediente termine por el paso del tiempo.
Su reclamo no se presenta, según explicó, únicamente como un pedido de una determinada pena para el acusado. Lo que reclama es la posibilidad de que el caso pueda ser analizado en una instancia judicial de debate y que exista una respuesta sobre los hechos que denunció.
“Necesito ser escuchada”, había expresado también públicamente al referirse a su intención de acudir ante Casación.
Camila sostiene que durante estos años debió atravesar pericias psicológicas, declaraciones, tratamientos y distintas instancias judiciales mientras intentaba reconstruir una historia que, según afirma, permaneció silenciada durante buena parte de su vida.
Lo que dicen las pericias incorporadas al expediente
Uno de los elementos incorporados por la Fiscalía fue la pericia psicológica realizada por la Lic. Domínguez.
En su informe del 4 de abril de 2025, la profesional describió en Camila elevados niveles de ansiedad, angustia, labilidad emocional y dificultades en la regulación de las emociones.
Respecto de los hechos denunciados, consignó que la mujer relató diversas situaciones de carácter sexual ocurridas durante años, acompañadas de una importante carga emocional, sentimientos de impotencia, enojo y paralización.
La perito también describió indicadores compatibles con la presencia de recuerdos recurrentes, evitación de estímulos relacionados con el trauma, alteraciones del sueño y pesadillas vinculadas con situaciones de contenido displacentero.
El informe aclara, naturalmente, que se trata de una evaluación psicológica realizada sobre la denunciante y no de una sentencia judicial sobre la responsabilidad penal del acusado.
Pero la propia Fiscalía consideró esa pericia, junto con el resto de la evidencia reunida, como uno de los elementos que justificaban llevar el caso a juicio.
El problema que vuelve a aparecer: cuando la víctima era una niña
Más allá del expediente particular, el caso vuelve a plantear una discusión que excede a sus protagonistas.
¿Qué sucede cuando una persona que afirma haber sufrido violencia sexual durante su infancia recién consigue denunciar muchos años después?
La demora en denunciar no necesariamente significa que el hecho denunciado no haya ocurrido. En situaciones de violencia sexual contra niños y niñas pueden intervenir miedo, vergüenza, dependencia emocional, vínculos familiares, amenazas, silencios impuestos y la propia dificultad de una persona menor de edad para comprender y elaborar aquello que está atravesando.
En este caso, Cabrera tenía aproximadamente ocho años cuando, según denunció, comenzaron los hechos. La denuncia llegó alrededor de dos décadas después.
Ese dato resulta central para comprender por qué el debate sobre prescripción en delitos sexuales contra niños no puede reducirse únicamente a una cuenta matemática de años transcurridos.
Los derechos de las víctimas
El ordenamiento argentino reconoce a las víctimas de delitos una serie de derechos dentro del proceso penal. Entre ellos se encuentran el derecho a recibir un trato digno y respetuoso, a ser informadas sobre el estado de la causa, a participar del proceso en las condiciones previstas por la legislación y a recibir protección frente a situaciones que puedan generar nuevos perjuicios.
En los casos de violencia sexual, además, el sistema internacional de derechos humanos y la legislación argentina han desarrollado estándares específicos de protección para las víctimas, particularmente cuando los hechos ocurrieron durante la niñez.
La discusión sobre la prescripción, por lo tanto, no puede analizarse únicamente desde la perspectiva del imputado y del paso del tiempo. También existe una obligación estatal de garantizar a las víctimas un acceso efectivo a la Justicia y evitar que el propio proceso judicial termine transformándose en una nueva fuente de revictimización.
Esto no significa desconocer las garantías constitucionales de cualquier persona acusada de un delito. La presunción de inocencia, el derecho de defensa y el debido proceso continúan siendo principios fundamentales.
Pero también significa que la protección de las garantías del imputado y los derechos de la víctima no deberían ser presentados como intereses necesariamente incompatibles.
Una causa que ahora mira a Casación
Cabrera sostiene que recurrirá la decisión y espera que el Tribunal de Casación analice su planteo.
Será esa instancia, en definitiva, la que deberá determinar si corresponde confirmar o revisar la decisión cuestionada, de acuerdo con los argumentos que presenten las partes y con las normas y criterios jurisprudenciales aplicables al caso.
Mientras tanto, queda una pregunta que excede a este expediente y que merece ser discutida públicamente:
¿Qué respuesta debe ofrecer la Justicia cuando una persona que afirma haber sido víctima de violencia sexual durante su infancia tarda años en poder hablar y, cuando finalmente consigue hacerlo, el tiempo transcurrido se convierte en el principal obstáculo para llegar a un juicio?
No se trata de reemplazar a los jueces ni de anticipar una condena donde todavía no existe.
Se trata de discutir qué significa garantizar justicia para una víctima que, según su propio relato, necesitó buena parte de su vida para poder decir lo que asegura que le ocurrió cuando era una niña.
Porque una cosa es que una causa termine jurídicamente por prescripción y otra muy diferente es afirmar que un tribunal determinó que los hechos denunciados nunca ocurrieron.
La primera cuestión pertenece al terreno jurídico y deberá ser revisada, si corresponde, por las instancias superiores. La segunda requeriría una sentencia sobre el fondo que, en este expediente, no llegó a producirse.
Y justamente esa diferencia es la que Camila Cabrera reclama que no se pierda de vista.


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