El STJ rechazó la recusación del Gobierno y Malvasio seguirá al frente de la causa que frenó el nuevo esquema de comedores

JUDICIALES15 de agosto de 2026Redacción Diario El EnfoqueRedacción Diario El Enfoque

El STJ rechazó la recusación del Gobierno y Malvasio seguirá al frente de la causa que frenó el nuevo esquema de comedores - Diario El Enfoque

La Justicia entrerriana rechazó el pedido de la Fiscalía de Estado para apartar al juez Juan Francisco Malvasio del amparo colectivo que mantiene frenada la implementación del nuevo esquema de provisión de desayunos y meriendas para los comedores escolares de la provincia.

La decisión fue adoptada por el Superior Tribunal de Justicia (STJ), que consideró que los argumentos planteados por la Fiscalía no alcanzaban para configurar una causal que justificara el apartamiento del magistrado.

De esta manera, según supo Diario El Enfoque, Malvasio continuará interviniendo en el expediente iniciado a partir de un amparo colectivo presentado por un grupo de padres, la Asociación Gremial del Magisterio de Entre Ríos (Agmer) y la Fundación Cauce, quienes cuestionan los cambios impulsados por el Gobierno provincial en el sistema de abastecimiento de los comedores.

Por qué Fiscalía había recusado al juez

El pedido de apartamiento había sido presentado luego de una resolución mediante la cual Malvasio dispuso inscribir el amparo en el Registro de Procesos Colectivos del STJ.

En esa resolución, el magistrado convocó a todos aquellos particulares que pudieran considerarse afectados o tener un interés directo en el objeto del proceso para que se presentaran y pudieran hacer valer sus derechos.

Sin embargo, Fiscalía de Estado cuestionó específicamente la forma en que Malvasio describió el objeto del amparo.

Según sostuvo el organismo, el juez no se habría limitado a reseñar los planteos formulados por los demandantes, sino que definió el proceso en torno al derecho de niños, niñas y adolescentes a no recibir alimentos que “resulten aptos para causar un perjuicio a su salud”.

Para la Fiscalía, esa formulación implicaba una valoración anticipada sobre los productos que son objeto de discusión en la causa y constituía el fundamento para pedir que el magistrado fuera apartado.

El STJ entendió que no hubo parcialidad

La vocal del STJ Claudia Mizawak consideró que la recusación no resultaba procedente porque no existían elementos objetivos que permitieran sostener una sospecha legítima de parcialidad.

En su voto, señaló que el juez explicó que la referencia a la posible afectación de la salud no constituía una valoración propia sobre el fondo del conflicto, sino una descripción del objeto de la pretensión tal como había sido planteada por los propios demandantes.

Según Mizawak, esa descripción se realizó para identificar a los integrantes de la clase afectada y cumplir con las exigencias previstas para los procesos colectivos.

La magistrada también remarcó que el desacuerdo de una de las partes con una decisión judicial debe canalizarse a través de los recursos procesales correspondientes.

En ese sentido, sostuvo que la recusación no puede utilizarse como mecanismo para cuestionar una resolución cuando no existen circunstancias concretas que permitan considerar que el magistrado actuará con parcialidad.

A la posición de Mizawak se sumaron las vocales Susana Medina y Leonardo Portela.

La cautelar que mantiene frenado el nuevo sistema

La resolución se produce mientras continúa pendiente de definición el conflicto de fondo por el nuevo esquema de abastecimiento de los comedores escolares.

El Gobierno provincial había previsto comenzar a implementar el nuevo sistema durante agosto. Sin embargo, una medida cautelar dictada por Malvasio frenó su puesta en marcha.

La Fiscalía de Estado apeló esa decisión y el planteo se encuentra ahora a resolución del pleno del Superior Tribunal de Justicia.

Por lo tanto, el rechazo de la recusación tiene un efecto concreto sobre el expediente: Malvasio continuará al frente del proceso mientras el STJ debe resolver la apelación contra la medida cautelar que mantiene suspendida la implementación del nuevo esquema.

El conflicto, así, continúa abierto y suma ahora una definición del máximo tribunal entrerriano sobre quién debe seguir conduciendo judicialmente el amparo colectivo.


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