Cesantearon a una enfermera entrerriana por suministrar un medicamento en forma errónea a un paciente

PROVINCIALES05 de julio de 2024El EnfoqueEl Enfoque
Ministerio de Salud
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El Ministerio de Salud dispuso la cesantía de una enfermera que se desempeñaba en el Hospital Colonia de Salud Mental, de Diamante, bajo el cargo de haber suministrado en forma errónea un medicamento a un paciente y haber adulterado los registros de Enfermería. En ese marco, la cartera sanitaria encomendó a la Fiscalía de Estado para que promueva en la Justicia la acción de exclusión de la tutela sindical por cuanto se trata de una delegada UPCN.

La medida está contenida en el decreto N° 1.432, dictado el 12 de junio último por el ministro de Salud, Guillermo Grieve. La disposición ordenó la cesantía de la enfermera Y M M a quien se le reprochó “haber supuestamente suministrado a partir del día 17 de octubre de 2017 en forma errónea la dosis del antibiótico (Piperazilinz Tazobactan cuya dosis era de 2,25 grs., y fue administrado 4,5 gts.)” al paciente AV “interno de la Sala N° 2 del Hospital Colonia Salud Mental de Diamante, no respetando la indicación médica del nefrólogo y de la médica tratante de aplicar al paciente la dosis de 2,25 grs. cada 8 horas durante 7 días, imputándosele también haber supuestamente manipulado en forma incorrecta los registros de Enfermería (no coincidiendo el horario que asienta la enfermera Migueles, con lo que informa el farmacéutico de la institución”.

La pesquisa se inició el 22 de noviembre de 2016 por una presentación de la dirección del Hospital de Diamante dirigida al área de Salud Mental del Ministerio de Salud, “en la que se informa que la enfermera Yanina Migueles habría suministrado en forma errónea una dosis de medicamento a un usuario internado en dicho nosocomio, a la vez que habría presuntamente manipulado incorrectamente los registros de enfermería respecto a los horarios en que la agente habría recepcionado desde la farmacia del establecimiento el medicamento de marras”, publicó Entre Ríos Ahora.

En el sumario declaró la médica Silvina Mariel Bogado, “personal médico de la institución sanitaria, y la persona que confeccionó la receta para obtener de la farmacia interna de la misma, el medicamento para aplicar al paciente internado”. Dijo que “confeccionó la receta y por la tarde del día 17 de octubre de 2016 al concurrir a la Sala 2 donde estaba internado el paciente, observa que el medicamento fue suministrado cada 4 horas en lugar de 8 y que en lugar de una dosis de medio frasco del mismo (2,25mg) fue aplicado el frasco entero (4,5mg) duplicando la dosis”.

El decreto del Ministerio de Salud señala: “Ante tan grave situación hace notar el error a la Jefa de Sala y también al Jefe del Departamento Enfermería, a los fines de la investigación que correspondía. En cuanto a las consecuencias que hubiera podido causar al paciente la mala administración del citado medicamento, la dicente asegura que existe la posibilidad de causar nefrotoxicidad y síntomas como diarrea, vómitos, convulsiones, etc., los que finalmente no se presentaron en el caso. En cuanto a la progresión de insuficiencia renal del paciente, sostiene que no se puede determinar si es propia de la enfermedad o tuvo como causa la administración del antibiótico”.

Salud dio por “acreditada la existencia de los hechos investigados y la directa responsabilidad de la sumariada como autora”», y rechazó el pedido de archivo de las actuaciones formulado por la defensa de Migueles por cuanto la enfermera renunció a su cargo y se radicó en el exterior del país. Al respecto, planteó “que no pueden archivarse las actuaciones en base a que el asunto devino abstracto porque la encartada renunció, habida cuenta que tal como se explicitó supra, la posibilidad del reingreso es siempre actual y probable. Nótese que para el hipotético caso de un enfermero de planta permanente, dicha posibilidad no existiría puesto que el proceso sumarial y una eventual sanción impactarán en sus antecedentes profesionales y legajo personal, llegando incluso a interrumpirse la relación de empleo en caso que se aplicase una medida disciplinaria expulsiva: riesgo que la sumariada no sufrirá toda vez que pasado un lapso de tiempo -breve o prolongado- puede reingresar” al Estado por cuanto se desempeñó como suplente.

CONCORDIA

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