
Una afiliada reclamó y la Justicia obligó a OSER a aumentar la cobertura
JUDICIALES05 de septiembre de 2026
Redacción Diario El Enfoque
El Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Entre Ríos ordenó a la Obra Social de Entre Ríos (OSER) que garantice el 70% del costo de un medicamento indicado a una afiliada que padece endometriosis profunda.
La resolución fue dictada en el marco de una acción de amparo presentada por la afiliada, luego de que la obra social ofreciera cubrir solamente el 40% del valor de la medicación.
El máximo tribunal provincial hizo lugar parcialmente al reclamo y dispuso que OSER deberá garantizar, “en el plazo de 2 días hábiles”, la cobertura del 70% del medicamento Dienogest, en una dosis de 2 miligramos diarios, durante un período de seis meses, tal como había sido indicado por la profesional que atiende a la paciente.
¿Por qué llegó el caso a la Justicia?
La afiliada fue diagnosticada con endometriosis profunda, una enfermedad inflamatoria crónica que puede provocar fuertes dolores y que puede reaparecer aun después de períodos de mejoría.
En este caso, el diagnóstico se realizó a partir de los síntomas que presentaba la paciente -entre ellos dolor pélvico crónico y dismenorrea severa- y mediante una resonancia magnética.
La indicación del Dienogest respondió precisamente al tratamiento de esta patología.
Según el dictamen médico forense incorporado al expediente, se trata además de una enfermedad relacionada con los estrógenos, hormonas que estimulan el tejido endometriósico y pueden favorecer su crecimiento y proliferación.
OSER tendrá que aumentar la cobertura
El punto central del conflicto fue el porcentaje que debía afrontar la obra social.
Mientras OSER había planteado una cobertura del 40% del medicamento, la afiliada reclamó judicialmente una mayor cobertura.
El STJ resolvió finalmente fijarla en el 70%, aunque por un período determinado de seis meses y de acuerdo con la prescripción médica.
La decisión corresponde al expediente “D.M.C. c/ Obra Social de Entre Ríos s/ Acción de amparo” y obliga a la obra social a cumplir con lo dispuesto en un plazo de apenas dos días hábiles.


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