Contó cómo operaba su casino online y terminó condenado: primer fallo penal en Entre Ríos

JUDICIALES08 de septiembre de 2026Redacción Diario El EnfoqueRedacción Diario El Enfoque
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La causa investigó la explotación de apuestas y casinos online sin autorización en Entre Ríos. Imagen ilustrativa.

Un hombre de 37 años, oriundo de Santa Elena, fue condenado a tres años de prisión de ejecución condicional por organizar y explotar un sistema de apuestas ilegales a través de casinos online. El caso se convirtió en la primera condena penal de este tipo registrada en Entre Ríos.

La particularidad de la investigación, según pudo reconstruir Diario El Enfoque, es que comenzó luego de que el propio acusado brindara una entrevista periodística en la que explicó públicamente cómo funcionaba la actividad que desarrollaba.

La sentencia fue dictada el 18 de agosto por el juez de Garantías y Transición de La Paz, Ramón Lell, quien declaró al hombre autor material y penalmente responsable del delito previsto en el artículo 301 bis del Código Penal.

Cómo funcionaba la operatoria

La actividad consistía en captar jugadores para distintas plataformas de apuestas online que funcionaban sin autorización. Para mover el dinero y gestionar las apuestas, el condenado se valía además de una red de personas que actuaban como “cajeros” o “cajeras”, intermediando entre los usuarios y los sitios de juego.

La investigación comenzó luego de el propio acusado explicara públicamente el funcionamiento del negocio durante una entrevista. Sus declaraciones pusieron la operatoria bajo la lupa y dieron origen a las actuaciones posteriores.

A partir de allí se realizaron distintas medidas para comprobar cómo funcionaba el sistema y determinar su alcance. La investigación incluyó también un allanamiento en el domicilio del acusado, hasta reunir los elementos que finalmente derivaron en la condena.

Tres años de prisión condicional

Finalmente, la causa concluyó con una condena de tres años de prisión de ejecución condicional. Esto significa que el condenado no deberá cumplir inicialmente la pena dentro de una unidad penitenciaria, siempre que respete las condiciones establecidas judicialmente durante el período correspondiente.

El caso constituye, de acuerdo con la información oficial difundida este martes, la primera condena dictada en Entre Ríos por el delito penal de ofrecer y explotar juego ilegal.

El artículo 301 bis del Código Penal establece penas de entre tres y seis años de prisión para quienes exploten, administren, operen u organicen sistemas de captación de juegos de azar sin la autorización de la autoridad competente.


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