Amparo ambiental: ordenan frenar desmontes y recomponer un área protegida en Colón

MEDIOAMBIENTE30 de diciembre de 2025Redacción Diario El EnfoqueRedacción Diario El Enfoque
Amparo ambiental ordenan frenar desmontes y recomponer un área protegida en Colón - Diario El Enfoque

La jueza Civil y Comercial N°1 de Colón, María José Diz, hizo lugar parcialmente a una acción de amparo presentada por la Asociación Civil Arroyo Perucho Salvaje (ACAPS) y ordenó el cese inmediato de los movimientos de suelo y tareas de desmonte en un predio ubicado en el barrio Perucho Verne, dentro de un sector alcanzado por la Ley Provincial N° 11.011, que crea el Área Natural Protegida en la categoría de Reserva de Usos Múltiples.

La resolución judicial dispuso además la implementación de un Plan de Recuperación de la cobertura vegetal del lugar, con la utilización de especies nativas, ante el daño ambiental constatado sobre el bosque nativo existente en la zona protegida.

En su fallo, la magistrada declaró responsables del daño ambiental a Francisco Rossier, en su carácter de ejecutor de las tareas, y a Milagros Belén Rossier, como propietaria del predio. Asimismo, atribuyó responsabilidad al Gobierno de la Provincia de Entre Ríos, a través de la Secretaría de Ambiente, en su rol de organismo de contralor.

Por el contrario, la jueza rechazó la acción de amparo promovida contra la Municipalidad de San José, al considerar que no correspondía atribuirle responsabilidad en los hechos denunciados.

En los fundamentos de la sentencia, Diz exhortó a los responsables a llevar adelante medidas orientadas al reacomodamiento y estabilización del suelo, la recuperación de la cobertura vegetal con especies nativas y la protección del humedal existente. Para estas tareas, se estableció un plazo estimado de entre 12 y 24 meses para lograr una estabilización inicial del área afectada.

El fallo también fija pautas concretas para la recomposición ambiental, al ordenar que la recuperación estructural de los estratos arbóreo y arbustivo nativos no sea inferior a 100 plantines de especies forestales nativas, distribuidos conforme a las especies detalladas en la resolución judicial.

Finalmente, se determinó que el control y seguimiento del plan de recuperación quedará a cargo del Gobierno de Entre Ríos, a través de la Secretaría de Ambiente, en su carácter de autoridad de aplicación de la normativa ambiental vigente.

SENTENCIA-DE-AMPARO-AMBIENTAL.-Expte.-17166-25.pdf


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