Monotributo: El Gobierno inicia la recategorización con nuevas escalas y procedimientos
ECONOMÍA21 de enero de 2025El Enfoque.El Gobierno ha iniciado el proceso de recategorización de los monotributistas, anunciado días atrás por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA). Este organismo había informado que las fechas para realizar este trámite abarcarían desde el 15 de enero hasta el 5 de febrero.
Con la publicación de la Resolución General 5637/2025 en el Boletín Oficial, se establecieron una serie de modificaciones al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS). En este contexto, se definieron los períodos que se tomarán como referencia para el cálculo de la categoría a la que serán trasladados los contribuyentes, dependiendo de sus declaraciones.
Se utilizará como base el Índice de Precios al Consumidor (IPC) para realizar dichos cálculos. Según el porcentaje de variación informado por el INDEC, las actualizaciones de las categorías se llevarán a cabo en los meses de enero y julio, teniendo en cuenta los semestres concluidos en junio y diciembre, respectivamente, según publicó Infobae.
“Que, al respecto, determinó que la actualización prevista en el artículo 52 del citado Anexo se efectuará semestralmente a partir del año fiscal 2025, inclusive, en los meses de enero y julio, por el coeficiente que surja de la variación anual del Índice de Precios al Consumidor (IPC) que suministre el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC), correspondiente al semestre calendario que finalice el mes inmediato anterior al de la actualización que se realice”, detalla la norma.
Asimismo, se agilizarán los procedimientos para la recategorización en función de los datos disponibles en los sistemas informáticos del organismo. Además, se notificará a los contribuyentes sobre las resoluciones en sus domicilios fiscales electrónicos dentro de los 10 días hábiles posteriores al vencimiento del período de cambio.
Por otro lado, el texto aclara en su artículo 2° que “toda referencia efectuada a la Administración Federal de Ingresos Públicos en la Resolución General N° 4.309, sus modificatorias y complementarias, deberá entenderse realizada a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero".
Respecto a la fecha límite para realizar el cambio de categoría del Monotributo, el organismo determinó que será el 5 de febrero. Para ello, se dispondrá de un sistema simplificado accesible a través de su página web o aplicación móvil.
En tanto, se espera la publicación de las nuevas escalas. Sin embargo, es posible realizar un cálculo aproximado considerando el monto de inflación acumulado durante el segundo semestre de 2024, ya que este es el parámetro que utiliza el organismo para ajustar las categorías.
Según el último dato de inflación publicado por el INDEC para diciembre, que registró una variación del 2,7%, el semestre cerró con una inflación acumulada del 21,14%. Las categorías de la A a la K quedarán de la siguiente manera:
- Categoría A: ingresos de hasta $7.813.530; impuesto total: $32.223 (anteriormente $26.600).
- Categoría B: ingresos de hasta $11.447.730; impuesto total: $36.681.
- Categoría C: ingresos de hasta $16.051.050; impuesto total: $42.954.
- Categoría D: ingresos de hasta $19.927.530; impuesto total: $55.050.
- Categoría E: ingresos de hasta $23.440.590. Para bienes: $77.951. Para servicios: $70.440.
- Categoría F: ingresos de hasta $29.376.450. Para bienes: $98.103. Para servicios: $84.535.
- Categoría G: ingresos de hasta $35.130.600. Para bienes: $149.845. Para servicios: $103.328.
- Categoría H: ingresos de hasta $53.301.600. Para bienes: $340.081. Para servicios: $206.827.
- Categoría I: ingresos de hasta $59.661.450. Para bienes: $627.030. Para servicios: $309.038.
- Categoría J: ingresos de hasta $68.322.960. Para bienes: $759.464. Para servicios: $377.873.
- Categoría K: ingresos de hasta $82.375.200. Para bienes: $1.050.386. Para servicios: $456.800.