Nación oficializó la desregulación del transporte de media y larga distancia: la lista de los cambios
NACIONALES07 de octubre de 2024El EnfoqueEl gobierno nacional desreguló el transporte de pasajeros de colectivos de media y larga distancia, medida que quedó formalizada este lunes 7 de octubre con la publicación en el Boletín Oficial del Decreto 883/2024, reemplazando una norma con más de 30 años de antigüedad.
En el decreto se establece la creación de un nuevo registro online para el transporte de pasajeros con el libre establecimiento de rutas y horarios. Por otro lado, podrán definir sus recorridos, horarios, precios y paradas, que en el caso de estas últimas deberán estar autorizadas por la jurisdicción local respectiva.
La norma se plasma en una publicación conjunta de los ministerios de Economía -donde orbita Transporte- y de Desregulación y Transformación del Estado, área de Federico Sturzenegger. "Este cambio les permitirá a los usuarios gozar, con más competencia, de una mayor oferta en el transporte terrestre", sostuvieron.
Los cambios para los micros de media y larga distancia
Las nuevas normas comunicadas por la Secretaría de Transporte modificarán varias estipulaciones para el sector de transporte terrestre de pasajeros de mediana y larga distancia que fueron establecidos por el decreto 958 de 1992. Entre los cambios principales están:
- Se eliminan las clasificaciones: a partir de la nueva reglamentación deja de existir la clasificación vigente que discriminaba servicios públicos, servicios de tráfico libre, servicios ejecutivos, y servicios de transporte para el turismo.
- Registro: además de cambiar su nombre, pasa a ser un registro digital, de libre acceso.
- Apertura total: con el nuevo registro ya no será necesario obtener permisos especiales para cada tramo. Cualquier empresa habilitada para el transporte de personas podrá realizar cualquier tramo con solo estar inscripta en el Registro.
- Uso del parque móvil: las compañías podrán compartir vehículos. También se autorizan unidades más chicas tipo combis como Renault Traffic o Hyundai H1, que podrán prestar servicios interjurisdiccionales.
- No hay plazo del permiso: a diferencia de lo que ocurre hoy, que tiene una vigencia de 10 años, la explotación del servicio público de transporte automotor de pasajeros no tendrá un plazo determinado.
- Inicio de actividades: los transportistas y empresas podrán iniciar sus actividades automáticamente a partir de los 5 días hábiles administrativos de la fecha de su inscripción, que podrá efectuarse en cualquier momento.
¿Qué pasará con los choferes y la seguridad de los micros?
Según el decreto, no se eliminan ni el examen psicofísico ni las capacitaciones de los choferes, aunque se delegarán en las jurisdicciones locales la realización de los mismos con prestadores locales, previa autorización de la Agencia Nacional de Seguridad Vial.
A su vez, la Secretaría hace hincapié en que no se reducirá ningún requisito respecto de las medidas de seguridad ya establecidas, que mantendrán su vigencia, publicó el diario Clarín.