
El gremio de comercio cerró la renegociación paritaria 2022 con un aumento salarial total del 101%
El piso salarial subirá de $139.000 a $182.700. Además, acordó con el sector empresario volver a reunirse en marzo para negociar las escalas salariales, entre otros ítems. Los detalles.
ECONOMÍA19 de enero de 2023
Redacción Diario El Enfoque
Trabajadores del Sindicato de Comercio y empresarios del sector acordaron un aumento salarial adicional del 22,9% hasta marzo y de esta manera, el gremio mercantil cerró la paritaria de 2022 con una suba total del 101% en un año.
El acuerdo formó parte de la revisión de la paritaria de Comercio entre la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECYS) y la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME), la Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC) y la Unión de Entidades Comerciales Argentinas (UDECA).
El gremio mercantil es uno de los más grandes del sector privado de la Argentina, con más de 1,2 millones de afiliados y por eso el impacto de lo que acuerde es fuerte para el resto de los sindicatos. El próximo desafío será resolver si acepta la pauta salarial del 60% que impulsa el Gobierno para este año.
Cómo aumentará el salario de los trabajadores de comercio
De acuerdo con lo que se firmó en la sede del Ministerio de Trabajo, con la presencia de la ministra Kelly Olmos, los puntos del acuerdo fueron:
El aumento anual, de abril 2022 a marzo 2023, será del 101%.
Para alcanzar esa cifra, se aplicará un aumento adicional de 22,9% en dos tramos acumulativos.
El piso salarial subirá de $139.000 a $182.700 (incluido presentismo).
En febrero, el incremento será del 13% sobre el sueldo de diciembre 2022. Así, el básico con presentismo subirá a $165.900.
En marzo, se aplicará una suba del 9,9% sobre el sueldo de febrero 2023, que elevará el básico a $182.700.
Ambos aumentos serán remunerativos, pero el 59,5% otorgado durante el primer tramo de la paritaria recién será remunerativo a partir de abril.
Se habilitó la posibilidad de que el empleador compense al trabajador el pago en concepto de guardería o trabajo de asistencia no terapéuticos de personas. Se definió que sea con un tope máximo del 40% del salario mensual correspondiente a la categoría “Asistencia y cuidados de personas” del personal con retiro del régimen previsto en la Ley 26.844.


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