
La Justicia reconoce antigüedad a trabajadores municipales: un fallo que puede multiplicar reclamos
CONCORDIA28 de marzo de 2026
Redacción Diario El Enfoque
Un reciente fallo judicial volvió a poner en discusión el esquema de contratación de trabajadores en el ámbito municipal. Según publicó el medio digital Diario Junio, la Cámara en lo Contencioso Administrativo Nº 2 de Concepción del Uruguay resolvió (por unanimidad) reconocer el derecho al cobro de antigüedad a un grupo de trabajadores que durante años se desempeñaron bajo modalidades precarias en la Municipalidad de Concordia.
De acuerdo a lo informado, la sentencia establece que la bonificación por antigüedad no distingue entre personal contratado y de planta permanente, ordenando al municipio abonar diferencias salariales a los empleados alcanzados por la demanda.
“Lo que la Justicia reconoce en este caso podría replicarse en muchos otros trabajadores en situación similar”
Según pudo constatar Diario El Enfoque, el caso involucra a trabajadores que durante más de una década prestaron servicios como monotributistas y bajo contratos de locación, pese a cumplir funciones habituales y permanentes. Sin embargo, al momento de su pase a planta (en 2022), la antigüedad fue computada desde cero, lo que (de acuerdo a lo que se expuso judicialmente) implicó una reducción significativa en sus ingresos.
Desde la Municipalidad sostuvieron que el reconocimiento de la antigüedad debía comenzar con el ingreso formal a planta permanente, negando irregularidades en los vínculos previos y planteando la prescripción del reclamo. No obstante, ese argumento fue rechazado por el tribunal.
En ese sentido, el dictamen fiscal consideró que el adicional por antigüedad, previsto en la normativa vigente, refiere al “personal municipal” sin establecer distinciones, por lo que limitar su alcance implicaría una interpretación restrictiva en perjuicio del trabajador.
La Cámara coincidió con ese criterio y avanzó sobre el fondo de la cuestión, al entender que los derechos reclamados tienen carácter laboral. Asimismo, estableció que el plazo de prescripción se computa desde cada liquidación salarial incorrecta, lo que permite mantener vigentes reclamos que, bajo otra interpretación, hubieran quedado cerrados.
La condena y sus implicancias
En la parte resolutiva, el tribunal hizo lugar a la demanda, reconociendo que existió una incorrecta liquidación del adicional por antigüedad durante los períodos no prescriptos.
En consecuencia, se ordenó al municipio abonar las diferencias salariales que serán determinadas mediante pericia contable, con más intereses a tasa activa del Banco Nación. Además, deberá regularizar los aportes y contribuciones correspondientes ante la Caja de Jubilaciones de Entre Ríos.
Las costas del proceso fueron impuestas a la Municipalidad, en su carácter de parte vencida.
“El fallo no sólo corrige una situación puntual: también expone un esquema de contratación que podría derivar en nuevos reclamos y mayores costos para el municipio”
Un escenario abierto
Si bien la sentencia aún no se encuentra firme y podría ser apelada, el criterio adoptado por el tribunal abre un escenario que excede a los trabajadores involucrados.
En efecto, el fallo vuelve a poner en discusión prácticas extendidas durante años en el ámbito municipal, donde modalidades como el monotributo o los contratos temporales fueron utilizadas para cubrir funciones permanentes sin el pleno reconocimiento de derechos laborales.
En ese contexto, distintas fuentes del ámbito judicial advierten que este tipo de resoluciones podría multiplicar los reclamos en curso y generar un impacto económico difícil de dimensionar.
Al mismo tiempo, el caso deja planteado un debate más amplio sobre las condiciones en que se estructuró el empleo público local y los límites que comienza a fijar la Justicia.
Diario El Enfoque, con información de Diario Junio


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