
Destituyen a la jueza Josefina Etienot por violencia laboral
Provinciales 19 de junio de 2025
Redacción Diario El Enfoque
El Honorable Jurado de Enjuiciamiento resolvió, por mayoría, destituir a la jueza Josefina Etienot, titular del Juzgado de Familia y Penal de Niños, Niñas y Adolescentes de la ciudad de Diamante, por incurrir en hechos de violencia laboral. El cuerpo consideró que su accionar se encuadra en los incisos 6 y 9 del artículo 15 de la Ley N° 9283, texto conforme Ley N° 9513.
El Jurado estuvo presidido por la senadora provincial Gladys Domínguez e integrado por los vocales del Superior Tribunal de Justicia (STJ), Leonardo Portela, Miguel Ángel Giorgio y Gisela Schumacher; el diputado provincial Marcelo López, y los abogados Gonzalo García Garro y María Victoria Giménez. La sentencia definitiva fue dada a conocer este miércoles.
Según los fundamentos presentados en el primer voto, a cargo de la vocal Schumacher, se demostró que Etienot incurrió en diversos incumplimientos de sus deberes en las tres imputaciones formuladas en su contra. No obstante, se determinó que fue la causal de violencia laboral la que motivó la destitución, dado que se comprobaron hechos denunciados, además de otros que, en conjunto, evidencian un ambiente laboral violento generado por la magistrada, configurando así la causal de mal desempeño.
Durante el juicio se estableció que Etienot ejerció violencia sistemática sobre al menos siete personas, con un total de 18 hechos constatados. Esto fue valorado en el marco de una desigual relación de poder y el impacto emocional en las víctimas, así como en el funcionamiento del juzgado y la atención de personas en situación de vulnerabilidad. Además, se señaló que utilizó recursos públicos para ejercer dicha violencia, lo cual agravó su situación.
En cuanto a una imputación referida a una sentencia emitida por la jueza, se concluyó que no correspondía su destitución por ese hecho, dado que (aunque se tratara de una decisión judicial errada) no puede ser objeto de revisión por el Jurado. No obstante, la jurado María Victoria Giménez disintió con esta postura, al considerar que esa sentencia también debía ser motivo de destitución.
La resolución fue adoptada por mayoría, con la única disidencia del vocal del STJ Miguel Ángel Giorgio, quien votó por la absolución al considerar que la falta de acusación del Procurador General constituía un obstáculo insalvable para la destitución, tal como ya había sostenido en un caso anterior.
SIC-STJER


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