Ambiente advierte a municipios y privados sobre normativas para el uso seguro de playas y balnearios

MEDIOAMBIENTE12 de febrero de 2025El Enfoque.El Enfoque.
Cianobacterias, lago, río Uruguay

Desde la Secretaría de Ambiente de Entre Ríos se recuerda que todas las playas y balnearios, tanto públicos como privados, deben cumplir con la Resolución 084/2007, que establece medidas obligatorias para garantizar la seguridad y calidad del agua recreativa durante la temporada de baño, del 1 de noviembre al 31 de marzo.

Si bien la habilitación de los balnearios es responsabilidad de los gobiernos locales, desde octubre se implementa un monitoreo para verificar su cumplimiento. Osvaldo Fernández, Director General Legal y de Gestión Ambiental del Agua, recomendó evitar el ingreso al agua ante la presencia de elementos extraños, como floraciones algales (verdín), más allá de otras medidas preventivas que adopten las autoridades.

La normativa exige un plan de vigilancia con análisis periódicos de la calidad del agua, cuyos resultados deben ser informados a la Secretaría de Ambiente. Si se detectan riesgos para la salud de los bañistas o animales, los gobiernos locales deben tomar medidas inmediatas, como la inhabilitación temporal de playas afectadas.

La responsabilidad de cumplir estas disposiciones recae en municipios, comunas y propietarios de playas privadas, quienes deben informar a la población sobre posibles riesgos. La Secretaría de Ambiente supervisa su cumplimiento y puede intervenir en caso de inacción por parte de las autoridades locales.

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