El Gobierno habilitó retiros voluntarios para estatales: cuánto cobrarán y quiénes pueden acceder

POLÍTICA19 de octubre de 2026Redacción Diario El EnfoqueRedacción Diario El Enfoque

Casa Rosada - Diario El Enfoque

El Gobierno nacional oficializó un nuevo régimen de retiro voluntario para empleados de la Administración Pública Nacional centralizada. La inscripción estará abierta del 1 al 30 de noviembre y las compensaciones dependerán de la edad, los años de servicio y los aportes jubilatorios de cada trabajador.

La medida quedó establecida mediante el Decreto 1203/2026, publicado este lunes en el Boletín Oficial. El esquema forma parte de la política de reorganización del Estado impulsada por la gestión de Javier Milei e incluye la eliminación de los cargos presupuestarios de quienes se desvinculen a través del programa.

La autoridad de aplicación podrá disponer una única prórroga de hasta 30 días corridos. Sin embargo, la adhesión no garantiza automáticamente la salida: cada jurisdicción deberá evaluar las solicitudes y podrá rechazarlas cuando la baja afecte la prestación de los servicios.

Tres grupos, con distintas compensaciones

El régimen contempla tres modalidades, determinadas principalmente por la edad del trabajador y su situación previsional.

1. Mujeres desde los 58 años y hombres desde los 63, sin aportes suficientes para jubilarse.

Podrán optar entre una gratificación de pago único o el cobro del 60% de su salario bruto mensual durante un período de hasta 36 meses.

2. Mujeres de 58 a 64 años y hombres de 63 a 64, con al menos 30 años de aportes.

Recibirán una compensación equivalente a un salario por cada año de antigüedad, sujeta a los topes establecidos por el decreto, más cinco remuneraciones adicionales.

3. Mujeres de hasta 57 años y hombres de hasta 62 años.

La compensación será equivalente a un salario por cada año de antigüedad, con un máximo de 20 remuneraciones. A ese monto se sumará un adicional de cuatro salarios para quienes tengan menos de 15 años de servicio y de cinco salarios para quienes alcancen o superen esa antigüedad.

Quiénes pueden adherirse y quiénes quedan afuera

El programa está destinado al personal de planta permanente comprendido en la Ley 25.164 y a trabajadores con contratos por tiempo indeterminado regidos por la Ley de Contrato de Trabajo, dentro de las jurisdicciones y organismos de la Administración Pública Nacional centralizada.

Quedan excluidos los contratados transitorios y quienes mantienen vínculos bajo el artículo 9 de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional. Tampoco alcanza a los organismos descentralizados, entre ellos la ANSES, que cuenta con una estructura jurídica propia.

La normativa también establece exclusiones para determinados sectores, como las Fuerzas Armadas y de seguridad, la Secretaría de Inteligencia de Estado y el Servicio Exterior, además de otros casos contemplados en el régimen.

Las condiciones para acceder al retiro

Para adherirse, los trabajadores deberán cumplir con una serie de requisitos. Entre las principales restricciones se encuentran:

  • No tener procesos penales o sumarios administrativos graves pendientes: quedan alcanzados quienes estén procesados por delitos contra la Administración Pública, salvo que obtengan una absolución firme antes del cierre de la inscripción. También se excluye a agentes sometidos a sumarios que puedan derivar en cesantía, exoneración o responsabilidad por perjuicio fiscal.

  • Desistir de reclamos contra el Estado: quienes tengan demandas judiciales o reclamos administrativos vinculados con su relación laboral deberán formalizar el desistimiento para ingresar al régimen.

  • No encontrarse en determinadas situaciones administrativas: quedan excluidos quienes estén en disponibilidad, tengan una renuncia pendiente de aceptación o se encuentren en el cuarto año de licencia por afecciones o lesiones de largo tratamiento.

No podrán volver al Estado durante ocho años

Uno de los puntos centrales del régimen es que la adhesión implica el cese de la relación laboral y la eliminación del cargo presupuestario correspondiente.

Además, quienes accedan al retiro voluntario no podrán volver a trabajar en el Sector Público Nacional durante ocho años, una restricción que deberá ser considerada por quienes evalúen aceptar la compensación.

Las autoridades de cada jurisdicción tendrán 40 días corridos desde el cierre de la inscripción para resolver las solicitudes. Si no existe una aceptación expresa, el pedido se considerará rechazado.

Un régimen distinto del aplicado en ANSES

La nueva convocatoria no debe confundirse con el Plan de Retiros de Voluntad Recíproca que implementó la ANSES. Ese programa tuvo una segunda etapa cuya inscripción cerró el 30 de septiembre y estuvo dirigida a trabajadores de planta permanente que habían ingresado antes del 1 de enero de 2024.

En ese caso, las compensaciones podían alcanzar hasta 19 haberes brutos y también se estableció una prohibición de reingreso al Sector Público Nacional durante cinco años.

El nuevo decreto, en cambio, establece un esquema para la Administración Pública Nacional centralizada, con diferentes modalidades de compensación según la edad, la antigüedad y la situación previsional de cada agente.

La medida abre una nueva vía de desvinculación voluntaria dentro del Estado nacional, pero también establece límites concretos: la salida deberá ser aceptada por la jurisdicción correspondiente, el puesto será eliminado y el trabajador quedará sujeto a una prolongada restricción para volver al sector público.


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