Denuncia por presuntas incompatibilidades en el municipio: qué se investiga y cuáles son las claves del caso

CONCORDIA06 de abril de 2026Redacción Diario El EnfoqueRedacción Diario El Enfoque
Municipalidad de Concordia - Diario El Enfoque

Una denuncia presentada en Tribunales de Concordia, acompañada por ATE y sectores de jubilados, puso en foco un posible esquema de incompatibilidades entre el cobro de haberes previsionales y el ejercicio de funciones en el ámbito municipal. El planteo, que se sustenta en una investigación periodística del portal Diario Junio, solicita que la Justicia determine si existieron delitos contra la administración pública.

Según se desprende de la presentación, existirían funcionarios municipales que, tras haberse jubilado en el ámbito provincial, habrían sido designados posteriormente en cargos dentro del municipio, percibiendo al mismo tiempo ingresos provenientes de ambas esferas. La situación fue expuesta en una investigación firmada por el periodista Federico Odorisio, donde se menciona además la intervención de la Caja de Jubilaciones de Entre Ríos mediante intimaciones para regularizar estos casos.

El eje de la denuncia radica en la posible utilización de designaciones “ad honorem” que, en la práctica, no habrían sido tales. De acuerdo a lo señalado, a esas mismas personas se les habrían asignado luego sumas a través de partidas presupuestarias como el denominado “Código 600”, utilizado habitualmente para adicionales no remunerativos, sin que se registren aportes previsionales.

Desde el punto de vista jurídico, el planteo introduce un aspecto central: el principio de primacía de la realidad. Esto implica que, más allá de la denominación formal de un cargo, lo que se evalúa es si existió efectivamente una contraprestación laboral. En ese marco, si se comprobara que los funcionarios cumplían funciones y percibían ingresos vinculados a ellas, la calificación de “ad honorem” podría resultar desvirtuada.

La normativa previsional provincial (Ley Nº 8732) establece que para acceder al beneficio jubilatorio es necesario haber cesado en la actividad laboral, y que el reingreso a una función en relación de dependencia implica la suspensión del haber. En consecuencia, uno de los puntos a determinar será si las tareas desempeñadas en el municipio encuadraban dentro de esa figura.

En la denuncia se mencionan posibles figuras penales como defraudación contra la administración pública, falsedad ideológica e incumplimiento de deberes de funcionario público. Sin embargo, se trata de calificaciones preliminares que deberán ser analizadas en el marco de una eventual investigación judicial, donde será clave la producción de prueba documental y administrativa.

Otro de los aspectos bajo análisis es la posible afectación al sistema previsional. Según se plantea, podría haberse generado un doble perjuicio: por un lado, el pago de jubilaciones en situaciones eventualmente incompatibles, y por otro, la erogación de recursos municipales mediante mecanismos que no habrían implicado aportes al sistema.

El secretario general de ATE Concordia, Pedro Pérez, consideró que la situación resulta “incorrecta desde el punto de vista ético y legal”, y cuestionó la utilización de mecanismos de pago sin descuentos previsionales. En la misma línea, desde los sectores denunciantes se sostuvo que se trata de una práctica que debería ser esclarecida para evitar perjuicios al sistema jubilatorio y a los trabajadores activos.

No obstante, más allá de la gravedad de los planteos, el avance de la causa dependerá de la capacidad de acreditar elementos concretos: decretos de designación, registros de pago, informes de la Caja de Jubilaciones y eventuales cruces de datos que permitan determinar si existió o no una incompatibilidad efectiva.

En ese sentido, fuentes jurídicas consultadas coinciden en que este tipo de causas suelen tener un desarrollo complejo, donde no solo se analiza la existencia de irregularidades, sino también la intencionalidad de los actos administrativos. Sin la comprobación de un perjuicio concreto y de una maniobra deliberada para eludir la normativa, los hechos podrían quedar encuadrados en el ámbito administrativo antes que en el penal.

La presentación judicial abre así un proceso que, en caso de avanzar, pondrá bajo revisión prácticas administrativas sensibles dentro del Estado local, con impacto no solo jurídico, sino también político e institucional.


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