
Cuestionan la legalidad de la emergencia por residuos en Concordia: las seis preguntas que el Ejecutivo aún no respondió
CONCORDIA23 de marzo de 2026
Redacción Diario El Enfoque
La reciente ordenanza de emergencia ambiental aprobada en el Concejo Deliberante de Concordia, que habilitó la contratación directa para la recolección de residuos, quedó bajo cuestionamiento tras la difusión de un documento con fundamentos técnicos/jurídicos elaborado por profesionales vinculados al espacio político Compromiso por Concordia.
El documento, firmado por el contador Álvaro Sierra, junto a abogados y especialistas, advierte sobre “graves objeciones de legalidad, razonabilidad y constitucionalidad parcial” en la norma sancionada y promulgada en tiempo récord por el Departamento Ejecutivo.
Desde el espacio sostienen que, si bien el municipio tiene competencia en materia ambiental y la ordenanza fue aprobada con la mayoría requerida, el tratamiento “sobre tablas y sin debate institucional de fondo” compromete la responsabilidad en una decisión de alto impacto sanitario, económico y presupuestario.
Emergencia “sin fundamentos suficientes”
Uno de los ejes centrales del informe apunta a la declaración de emergencia ambiental. Según el análisis, no surge de la información pública una fundamentación técnica concreta que justifique la excepcionalidad.
“El deterioro del servicio o deficiencias de gestión pueden ser problemas reales, pero no constituyen automáticamente una emergencia en sentido jurídico”, señala el documento.
En ese sentido, advierten que si la emergencia no está debidamente fundada, se debilita todo el esquema legal que habilita mecanismos extraordinarios como la contratación directa.
Contratación directa por montos millonarios
Otro punto crítico es el régimen excepcional de contratación. El informe remarca que la ordenanza habilita la posibilidad de disponer de sumas que podrían alcanzar los 28.800 millones de pesos, mediante procedimientos con controles reducidos.
En derecho público (subrayan) la contratación directa debe ser siempre una herramienta de uso restrictivo y no un mecanismo alternativo para gestionar servicios públicos esenciales.
Además, cuestionan que bajo el amparo de una emergencia declarada por un año se habilite una reorganización estructural del sistema por un plazo mucho mayor, incluyendo eventuales concesiones de hasta seis años.
Sospechas sobre el inicio de la prestación
El aspecto más delicado del documento refiere a la posible prestación del servicio por parte de una empresa privada sin que se haya completado formalmente el procedimiento administrativo correspondiente.
Según indican, existirían elementos que sugieren que la firma ya estaría operando en la ciudad sin que se haya perfeccionado la contratación en los términos que exige la normativa vigente.
De confirmarse esa situación, advierten que no se trataría de una irregularidad menor, sino de un hecho de “extrema gravedad administrativa”, que podría afectar la validez de los actos, los pagos realizados y derivar en responsabilidades para los funcionarios intervinientes.
Seis preguntas clave al Ejecutivo
En ese marco, el documento plantea una serie de interrogantes dirigidos al Departamento Ejecutivo, entre ellos:
la fecha exacta de la contratación
el acto administrativo que la dispuso
los funcionarios intervinientes
la documentación respaldatoria
y si la empresa comenzó a operar antes de la formalización legal
Hasta el momento, no se difundió públicamente información completa que permita responder de manera precisa a estos puntos.
Más allá del modelo: el eje en la legalidad
Desde el espacio aclararon que el planteo no responde a una discusión ideológica sobre gestión estatal o privada, sino a la necesidad de garantizar transparencia, legalidad y eficiencia en la implementación de políticas públicas.
“La basura no se resuelve con improvisación. Y la emergencia no puede ser un cheque en blanco”, concluye el documento.
En un contexto donde la recolección de residuos se convirtió en uno de los temas más sensibles de la agenda local, las objeciones planteadas introducen un nuevo frente de discusión que ya no se limita a la eficacia del servicio, sino a la legalidad del proceso que permitió su implementación.
Documento técnico/jurídico de Compromiso por Concordia: clic aquí


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