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title: "Desde enero de 2026 la receta electrónica será obligatoria en Entre Ríos"
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  - "Entre Ríos"
  - "Gobierno de Entre Ríos"
  - "OSER"
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category_name: "Provinciales"
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category_description: "Noticias provinciales: actualidad política, económica y social de la provincia de Entre Ríos. Información actualizada sobre los eventos más relevantes en la región."
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# Desde enero de 2026 la receta electrónica será obligatoria en Entre Ríos

![Desde enero de 2026 la receta electrónica será obligatoria en Entre Ríos - Diario El Enfoque](/download/multimedia.normal.b13b075b56fce068.bm9ybWFsLndlYnA=.webp)

Luego de un año de convivencia entre recetas en papel y digitales, a partir del **1 de enero de 2026** la **receta electrónica será de uso pleno en la provincia de Entre Ríos**. La medida se enmarca en la **Ley Nacional Nº 27.553**, a la que la provincia adhirió mediante la **Ley Nº 10.977**.

Durante el último año, el **Ministerio de Salud provincial** trabajó en la optimización del sistema **Salud Digital Entre Ríos (Sader)**, con el objetivo de extender y consolidar el uso de la receta electrónica en todo el territorio.

Desde la perspectiva de los pacientes, el procedimiento **no presenta cambios respecto al formato en papel**. Sin embargo, para el sistema de salud implica **mayor transparencia, control y trazabilidad de los medicamentos**, además de una **mejor eficiencia en la gestión de compras**, aspectos clave frente a los requerimientos de organismos de control como la **Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT)**.

El **director de Innovación y Desarrollo en Salud, Javier Segovia**, destacó que **todos los efectores públicos ya se encuentran habilitados para emitir recetas electrónicas a través de Sader**, y remarcó que se avanzó en la integración del sistema para que los medicamentos prescriptos desde el sector público **puedan retirarse también en farmacias privadas**, aplicando los descuentos correspondientes según la cobertura de cada paciente.

Según se explicó, la implementación **no modifica la práctica habitual de médicos, farmacias ni pacientes**, aunque sí requirió desarrollos informáticos para integrar distintos sistemas y contemplar las particularidades de cada obra social, que cuentan con **listados específicos de medicamentos, diferentes porcentajes de descuento o cartillas cerradas de profesionales**. El sistema también prevé la emisión de recetas para personas **sin cobertura**, que representan cerca del **90 % de las prescripciones del sector público**.

### **Implementación en OSER**

Desde la **Obra Social de Entre Ríos (OSER)** se brindaron precisiones sobre cómo será la aplicación de la receta electrónica, la cual será **obligatoria para todos los medicamentos con cobertura de la obra social**. Los mismos se dividen en dos grupos:

**1) Medicamentos sin autorización**  
Corresponden al **plan ambulatorio de OSER**. En estos casos, el médico confecciona la receta electrónica y entrega al afiliado el **número de receta**, con el cual podrá retirar la medicación en farmacia presentando **DNI y número de receta**.

**2) Medicamentos con autorización**  
Incluyen tratamientos **crónicos, oncológicos y patologías especiales**.

- **Plan crónicos:** el médico confecciona **seis recetas electrónicas** (una por cada mes de vigencia del plan) y completa el **formulario OSER GP-777**.  
El afiliado debe presentar en sede de OSER los **números de receta, el formulario y los estudios complementarios**. En farmacia, el retiro se realiza con **DNI y número de receta**.
- **Oncológicos y patologías especiales:** el médico confecciona la receta electrónica y completa el formulario correspondiente.  
En sede de OSER se presentan el **número de receta, el formulario y los estudios complementarios**. Una vez autorizado el tratamiento, el afiliado será notificado por correo electrónico y luego podrá retirar la medicación en farmacia con **DNI y número de receta**.

Desde la obra social se aclaró además que:

- **Todas las recetas en papel emitidas hasta el 31 de diciembre de 2025 mantendrán su vigencia**.
- Los tratamientos crónicos, oncológicos y especiales **ya aprobados continúan vigentes** con las recetas y formularios actuales.
- El **médico prescriptor debe ser prestador de OSER**.
- Este procedimiento **no involucra el uso de la aplicación MI.OSER**.

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