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  - "Calabacilla"
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  - "Juzgado Federal"
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  - "Trata de personas"
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category_description: "Noticias judiciales: procedimientos, casos, sentencias y análisis legales. Información actualizada sobre el sistema judicial y temas de derecho relevantes."
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# Trata laboral: juzgan al dueño y al capataz de un campo de Concordia por explotar a trabajadores misioneros

![Trata laboral juzgan al dueño y al capataz de un campo de Concordia por explotar a trabajadores misioneros - Diario El Enfoque](/download/multimedia.normal.abc9aa8cb6b9f843.bm9ybWFsLndlYnA=.webp)

**El juicio se desarrolla en el Tribunal Oral Federal de Paraná. Los imputados están acusados de captar, trasladar y someter a cinco personas a condiciones laborales y habitacionales indignas en un predio rural de Puerto Yeruá.**

Ante el Tribunal Oral Federal de Paraná comenzó el juicio oral contra **Yamil Ale Abdala**, propietario de una explotación rural, y **Sandro de la Cruz Vázquez**, quien se desempeñaba como capataz, acusados del delito de **trata de personas con fines de explotación laboral** en perjuicio de cinco trabajadores oriundos de la provincia de Misiones.

Los hechos investigados ocurrieron en un campo ubicado en **Puerto Yeruá, en cercanías de Calabacillas**, dentro del departamento Concordia, y salieron a la luz tras una **inspección de la AFIP Paraná (actual ARCA)** que permitió desarticular la situación de explotación. El debate oral es presidido por la jueza **Noemí Berros**.

### **La acusación fiscal**

En su dictamen, el **Fiscal General José Ignacio Candioti** sostuvo que Abdala y De la Cruz Vázquez **captaron, trasladaron, acogieron y recibieron** a cinco personas mayores de edad (identificadas como O.A.M., D.A.M., P.R.M., F.O.M. y D.S.M.D.B.) provenientes de **Irigoyen y Eldorado, Misiones**, con el objetivo de obtener un beneficio económico a partir de su trabajo.

Según la acusación, los hechos se desarrollaron **entre el 7 y el 28 de septiembre de 2022**, hasta que una inspección estatal puso fin a la situación. La captación se habría realizado mediante **propuestas laborales engañosas y abuso de confianza**, aprovechando la **extrema vulnerabilidad social y económica** de las víctimas. Se les prometió trabajo estable, alimentos, herramientas y una vivienda digna, condiciones que nunca se cumplieron.

En uno de los casos, además, existía un **vínculo familiar con uno de los imputados**, lo que (según la Fiscalía) fue utilizado para generar confianza.

### **Engaños, aislamiento y explotación**

Como parte del ardid, De la Cruz Vázquez habría enviado a los trabajadores una **fotografía de un campo desmalezado**, que no correspondía al lugar real donde debían trabajar, sino a otro predio en buenas condiciones. Una vez en el lugar, las víctimas fueron sometidas a **tareas forestales y de desmonte** en un contexto de **aislamiento geográfico, precarización extrema y control permanente**.

Además de las tareas acordadas, debieron realizar **trabajos de limpieza previos** que no habían sido ofrecidos ni abonados. Las jornadas se extendían **de lunes a lunes**, sin descanso y bajo una relación de dependencia absoluta.

### **Condiciones de vida indignas**

La Fiscalía calificó las condiciones habitacionales como **inhumanas**. Los trabajadores debieron **construir sus propios refugios** con palos, tablas y lonas, armando chozas con **piso de tierra**, sin camas adecuadas y con colchones deteriorados. No contaban con **baños, cocina, electricidad, gas ni agua potable**.

Para higienizarse utilizaban una **laguna ubicada a un kilómetro**, mientras que el agua para consumo era provista por un vecino. La **Secretaría de Trabajo de Entre Ríos** constató la ausencia total de condiciones mínimas de higiene y seguridad, lo que representaba un serio riesgo para su integridad psicofísica.

### **Salarios irregulares y malos tratos**

En materia salarial, el pago prometido **no se cumplió**. Los trabajadores percibían montos **parciales, variables y muy por debajo del salario mínimo**, cobrando entre **15 y 35 pesos por metro lineal de madera**, con diferencias arbitrarias entre ellos.

Además, se les exigía una permanencia mínima de **35 a 45 días** para poder cobrar, se les descontaban gastos por traslado y alimentos, y se los obligaba a seguir trabajando aun cuando las herramientas se rompían. Según la acusación, Abdala se negaba a reparar las motosierras o pretendía **cobrarles el arreglo a las propias víctimas**.

El expediente también da cuenta de **malos tratos físicos y verbales**. Testimonios incorporados señalan que De la Cruz Vázquez habría ejercido **violencia y amenazas**, incluyendo intentos de agresión y persecuciones cuando los trabajadores reclamaron mejores condiciones.

### **El rol de los imputados**

Para el Ministerio Público, Sandro de la Cruz Vázquez no era un simple trabajador, sino que **actuaba como capataz o encargado**, impartía órdenes y representaba al propietario del campo. Un funcionario de la AFIP declaró que fue Vázquez quien **autorizó la inspección en nombre de Abdala**, confirmando su rol jerárquico.

La Fiscalía concluyó que el conjunto de **engaños, aislamiento, restricciones a la movilidad, condiciones habitacionales paupérrimas y violencia** constituyen indicadores claros del delito de **trata de personas con fines de explotación laboral**.

En ese marco, De la Cruz Vázquez fue procesado por **trata de personas agravada por la vulnerabilidad y la cantidad de víctimas**, en concurso con el delito de **reducción a la servidumbre**, mientras que Abdala fue señalado como **responsable en su carácter de propietario y beneficiario de la explotación**.

### **Cómo sigue el juicio**

Este martes está prevista la **declaración de las víctimas**, cuyos testimonios ya fueron registrados parcialmente mediante **Cámara Gesell**. El miércoles declararán **seis testigos ofrecidos por la Fiscalía**, entre ellos funcionarios de ARCA, del Ministerio de Trabajo y profesionales psicólogas que intervinieron en la asistencia a los trabajadores. *(Análisis Digital)*

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