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title: "Condenaron a 10 años de prisión a un hombre por abuso sexual infantil y producción de material ilegal"
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  - "Abuso de menores"
  - "Entre Ríos"
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# Condenaron a 10 años de prisión a un hombre por abuso sexual infantil y producción de material ilegal

![Abuso de menores - Entre Ríos Diario El Enfoque](/download/multimedia.miniatura.abbaa8233854c8f9.416275736f206465206d656e6f7265735f6d696e6961747572612e77656270.webp)

Tras la homologación del acuerdo de juicio abreviado presentada el jueves, se conoció la condena a **diez años de prisión de cumplimiento efectivo** para un hombre acusado por delitos vinculados al abuso sexual infantil y la producción y distribución de ese tipo de material.

El fallo fue dictado por el juez del Tribunal de Juicio y Apelaciones de Paraná, **Alejandro Cánepa**, quien resolvió declarar a **BJV** autor material y penalmente responsable de los delitos de **distribución de material de abuso sexual infantil**, y de **abuso sexual con acceso carnal y producción de material de abuso sexual infantil**, estos últimos en concurso ideal, todo ello bajo las reglas del concurso real. En consecuencia, impuso la pena de **10 años de prisión efectiva**.

En su resolución, el magistrado sostuvo que el acuerdo alcanzado incluye el **reconocimiento expreso de responsabilidad penal por parte del imputado**, y que la evidencia reunida en la causa respalda plenamente esa admisión. “La prueba agregada da cuenta de igual conclusión: que el imputado ha sido el autor de todos los hechos”, señaló.

Cánepa detalló el material probatorio incorporado, indicando que desde las cuentas investigadas se **distribuyeron un total de 60 archivos con material de abuso sexual infantil**, uno de los cuales fue reportado como de **producción local reciente**, fechado el **6 de mayo de 2025**. Todos los archivos, identificados por **NCMEC**, se encuentran debidamente descriptos en el acuerdo firmado por las partes.

El juez también valoró que los **allanamientos realizados en la vivienda actual y anterior del imputado** permitieron hallar coincidencias con las imágenes analizadas, lo que posibilitó determinar el lugar, el tiempo y el modo de comisión de los delitos. En ese sentido, remarcó que las imágenes “son explícitas y hablan por sí solas”, razón por la cual consideró **innecesario someter a la niña víctima, hoy de 9 años, a entrevistas videograbadas, pericias o interrogatorios**, con el objetivo de **evitar su revictimización**.

Según informó APF, el magistrado ponderó además que del material colectado surge de manera clara que el imputado **tenía un acceso cercano a la niña**, facilitado por la **confianza que la madre había depositado en él**, tal como quedó reflejado en la entrevista mantenida por la mujer con los investigadores de la Fiscalía.

Finalmente, Cánepa destacó que **tanto el Ministerio Pupilar como la representante legal de la víctima** manifestaron su conformidad con la solución adoptada mediante el juicio abreviado, con pleno conocimiento de su contenido, alcances e implicancias jurídicas.

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