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title: "La nueva ordenanza que amplía la prohibición de vehículos con tracción a sangre en Concordia entró en vigencia"
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date_published: "2024-12-11T09:57:00-03:00"
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tags:
  - "Concordia"
  - "Maltrato animal"
  - "Municipalidad de Concordia"
  - "Noticias de Concordia"
author_name: "Redacción Diario El Enfoque"
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category_name: "CONCORDIA"
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category_description: "Noticias de Concordia, Entre Ríos: política, economía, sociedad, deportes y más. Información actualizada sobre los acontecimientos que impactan en la ciudad."
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# La nueva ordenanza que amplía la prohibición de vehículos con tracción a sangre en Concordia entró en vigencia

![TAS 1](/download/multimedia.normal.9734b105713fd490.VEFTIDFfbm9ybWFsLndlYnA=.webp)

La Municipalidad de Concordia, a través del Departamento de Veterinaria Municipal, informa que está en vigencia la Ordenanza que establece la ampliación de la zona de prohibición de la circulación de vehículos con tracción a sangre animal.

El área comprendida quedó establecida de la siguiente manera:

- **Al norte:** Avenida Presidente Illia /Avenida Salto Uruguayo.
- **Al sur:** Calles Libertad/Dr. Scattini y su continuación por Ituzaingó hasta Castelli; por Castelli hasta Humberto Primo; por Humberto Primo hasta San Martín y por San Martín hasta Diamante.
- **Al este:** Boulevard Maipú y su continuación por Salta/Gastelacoto hasta el Río Uruguay.
- **Al oeste:** Calle Diamante.

![TAS 2 (1)](/download/multimedia.normal.a48c956ffb263d79.VEFTIDIgKDEpX25vcm1hbC53ZWJw.webp)

Dicha prohibición también será comprensiva de la zona de costanera sur sobre Avenida de los Pueblos Originarios, de norte a sur, y el área conocida como Zona “Verde”, así como del Puente Alvear y Avenida Arturo Frondizi.

El incumplimiento de lo dispuesto en la presente norma, será sancionado con multa de 5 a 50 juristas y/o decomiso definitivo del carro y los animales. En caso de reincidencia el Juez podrá elevar la pena en base a los antecedentes existentes y la gravedad de la infracción. En caso de decomiso, serán de aplicación en lo pertinente las disposiciones de la Ordenanza N° 38.350/2024.

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